Fórmula Oficial de Vacaciones Truncas (D.Leg. 713 y D.S. 012-92-TR)
Las vacaciones truncas compensan los días de descanso que el trabajador generó proporcionalmente pero no llegó a disfrutar debido al cese de la relación laboral:
Remuneración Computable = Sueldo Básico + Asignación Familiar + Promedio Comisiones/Horas Extras
Vacaciones Truncas = (Remuneración Computable ÷ 12) × Meses + (Remuneración Computable ÷ 360) × Días
Ejemplo práctico de liquidación:
Un trabajador del Régimen General con sueldo de S/ 2,400.00 cesa habiendo acumulado 5 meses y 15 días desde su último récord vacacional:
- • Por los 5 meses completos: (S/ 2,400 ÷ 12) × 5 = S/ 1,000.00
- • Por los 15 días: (S/ 2,400 ÷ 360) × 15 = S/ 100.00
- • Total bruto por vacaciones truncas: S/ 1,100.00
- • Descuento de pensión (afecto a AFP/ONP aprox. 11.37% - 13%): ~S/ 125.07 a S/ 143.00.
Preguntas Frecuentes sobre Vacaciones Truncas
Condiciones de pago al cese, récord trunco y retenciones obligatorias.